La Defensoría del Pueblo, la Procuraduría General de la Nación y la Contraloría General de la República convocan a:
Los representantes de organizaciones de la sociedad civil que agrupen personas con discapacidad a la elección de los representantes que integrarán provisionalmente el Mecanismo Independiente para la Promoción, Protección y Supervisión del Ejercicio Efectivo de los Derechos de las Personas con Discapacidad, conforme a la Ley 1618 de 2013. Artículo 30. Promoción, Protección y Supervisión.
Podrán inscribirse organizaciones de todo el país y será elegido un representante por cada sector de discapacidad: física, auditiva, visual, mental, múltiple, sordo-ceguera y familiar dentro del cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad y primero civil de personas con discapacidad cognitiva, por analogía con la vinculación de representantes de organizaciones sin ánimo de lucro de personas con discapacidad, al Sistema Nacional de Discapacidad (SND), establecido en la Ley 1145 de 2007.
En el siguiente URL: https://goo.gl/hpsamf se encuentran los requisitos y términos para participar de la convocatoria.